Inicios del alumbrado eléctrico en Mérida (Parte II)
Rubén Alexis Hernández
A continuación exponemos y
analizamos brevemente algunas cláusulas del contrato para el primer servicio de
alumbrado eléctrico en Mérida (uno de los más antiguos en Venezuela), firmado
el 11 de Septiembre de 1895.
“Primera. Parra Picón se obliga á
establecer en esta Ciudad el Alumbrado Eléctrico de arco voltaico é
incandescente con el nombre de ‘Alumbrado Eléctrico de Mérida’”. La electricidad que se establecerá en Mérida a finales del
siglo XIX, era aquella producida
a partir de reacciones químicas, mediante los principios de la conocida
pila de Volta, primer generador de corriente eléctrica continua en el
mundo, diseñado y elaborado a comienzos del siglo
XIX por el físico italiano Alessandro Volta. Cabe destacar que
este tipo de electricidad (continua) sigue formando parte
de nuestra cotidianidad, específicamente cuando utilizamos pilas
o baterías para el funcionamiento de
cámaras fotográficas, radios
portátiles, teléfonos móviles, linternas, entre otros aparatos. En cuanto al
alumbrado como tal, cabe indicar que la
elevación progresiva de
la temperatura como
consecuencia de las reacciones
electroquímicas, constituía el proceso
desencadenante de la iluminación de los focos (incandescencia). Esto
significa que el encendido de los focos o lámparas era lento, y la intensidad luminosa
sólo alcanzaba su
máxima potencia con
el aumento suficiente
de temperatura, a diferencia del encendido casi instantáneo de buena
parte de los sistemas de luminarias actuales.
“Segunda. Parra Picón dará para el Alumbrado
público la fuerza de cuarenta mil bujías en forma de arco voltaico de ochocientas
bujías cada una, ó sean cincuenta focos, los cuales se distribuirán
convenientemente (…)”.
Realmente la cantidad de 50 focos para la Mérida de finales del siglo XIX era
escasa, a pesar de que su parte urbana no
tenía las dimensiones actuales. No obstante debemos tener en cuenta que cada
uno de los focos tendría una potencia respetable, de aproximadamente 700 watts
actuales (1 watt equivale más o menos a 1,1 o
a 1,2 bujías), y bastaría para
iluminar una cuadra completa, al menos de forma
mucho más eficiente que los faroles con kerosén o con velas que se empleaban
hasta la época.
“Tercera. El Circuito dentro del
cual se obliga Parra Picón á establecer este alumbrado público, se limita así:
al Norte, por la Calle de Colón; Al Sur, por la Calle de Arias; Al Este, por la
Calle del Espejo; y al Oeste, por la Calle de Lora”. El servicio de alumbrado debía
abarcar más o menos el espacio que
actualmente corresponde al casco central de Mérida, desde la calle 13 hasta la
calle 28, y entre las avenidas 2 y 8. En
total 16 calles transversales y 7 calles
longitudinales se beneficiarían con el inédito alumbrado público. Más allá de
estos límites evidentemente había otras calles transversales, como era el caso,
por ejemplo, de las ubicadas entre la plaza El Llano y el sector Llano Grande
(actual sector Glorias Patrias), otra calle longitudinal (actual avenida 1), algunas
explotaciones agrícolas y/o pecuarias (como Las Tapias), y varios centros poblados vinculados con la ciudad (como La Otra Banda, Milla y
Santa Ana), pero la prioridad del
alumbrado fue para la parte urbana, además de las limitaciones propias, para la
época, de la corriente continua en el transporte de electricidad por largas
distancias (la corriente alterna aún no había sido desarrollada de forma
importante). Seguramente las autoridades locales tuvieron en cuenta para la
instalación de este servicio eléctrico la presencia en la parte urbana de
Mérida de la institucionalidad político-administrativa regional, de los comercios y de algunas industrias importantes. Hubo de transcurrir más de siete u ocho décadas a partir de la de 1890
para que la ciudad de Mérida lograra una importante expansión
territorial, y por tanto para que el alumbrado
eléctrico alcanzara una magnitud aproximada de cierta manera a la actual (obviamente la “explosión” urbana y poblacional de las últimas décadas en la
ciudad ha demandado cambios notables en la distribución del servicio eléctrico).
“Cuarta. Esta iluminación se hará
desde las seis y media de la tarde hasta las cinco de la mañana”.
Este sería un
aspecto verdaderamente novedoso
para las calles
de Mérida. Recordemos que hasta
la época de celebrado el contrato,
el alumbrado público estaba limitado por el
consumo del kerosén
contenido en los faroles;
de tal manera
que la iluminación no duraba más allá de la media noche en el mejor de
los casos. El servicio eléctrico garantizaría, en cambio, la iluminación pública durante casi toda la
noche.
“Undécima. Los particulares
pagarán los gastos de instalación á razón
de diez bolívares por luz, fuera del precio de las lámparas, que será de
acuerdo con la clase que se escoja, y que será propiedad del comprador”. De acuerdo a esta cifra el
servicio eléctrico particular parecía bien costoso para la época,
accesible sólo para aquellas familias o individuos
pudientes, dedicados al
comercio o a
funciones gubernamentales. Al
respecto la investigadora
Eligia Calderón señala lo siguiente: “el alumbrado eléctrico era un lujo y, en
consecuencia, no traería consigo el adelanto, la comodidad y la economía al
alcance de la mayoría” (“Imágenes e imaginarios urbanos de Mérida”, año
2005, p. 217). En realidad el servicio
eléctrico privado sólo estuvo al alcance
de buena parte de los
merideños recién desde la segunda mitad del siglo XX en adelante, cuando
se masificó el mismo y se redujeron
los costos de
generación de electricidad
y de mantenimiento de equipos e instalaciones.
“Duodécima. Cualquier
particular que quiera
establecer este alumbrado
fuera de los límites
expresados, pagará los
gastos que dicha
instalación causare en
las calles ó caminos, ó puede hacerlo por su cuenta hasta llegar al punto de enlace
con la red de la empresa (…)”.
Según esta cláusula el servicio de alumbrado privado podía
abarcar más allá de los límites
previstos, exactamente hasta 200 metros (cláusula décima), distancia máxima
para conectar con algunos de los puntos de enlace. Es decir que los vecinos de la que en la
actualidad es la calle 30 o la avenida 1, por ejemplo, podían disfrutar de la electricidad si así
quisieran. Claro está que tendrían que
efectuar un gasto adicional por el hecho de encontrarse fuera de los
límites contractuales originales.
Gaceta oficial en la que se encuentra inserto el contrato para el primer servicio de alumbrado eléctrico en Mérida.
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